Claves
- Sectores 9 al 27, correspondientes a la Dirección de Recolección de Residuos, la prestación del servicio será de manera normal.
- Viernes 10 de julio: Día no laborable con fines turísticos.
- Diferencias laborales clave: Jueves 9 de julio: Rigen las normas legales de los feriados nacionales (si se trabaja, se debe abonar el doble).
Recolección de residuos por el feriado en Concordia La Municipalidad de Concordia, a través de la Dirección de Recolección de Residuos, informó que durante el jueves 9 de julio, Día de la Independencia, el servicio se prestará de la siguiente manera: Sectores 1 al 8: la empresa concesionaria VITSA, prestará servicio de manera NORMAL, conforme a los recorridos y horarios habituales.
Sectores 9 al 27, correspondientes a la Dirección de Recolección de Residuos, se implementará un esquema de guardia sanitaria, garantizando la atención de las situaciones esenciales y evitando la acumulación en sectores de mayor criticidad.
Por otra parte, se informó que durante el viernes 10 de julio, día no laborable con fines turísticos, el servicio se prestará de la siguiente manera: Sectores 1 al 8: la empresa concesionaria VITSA, prestará servicio de manera NORMAL, conforme a los recorridos y horarios habituales. Sectores 9 al 27, correspondientes a la Dirección de Recolección de Residuos, la prestación del servicio será de manera normal.
"Se solicita a la comunidad un compromiso activo en el cuidado del espacio público, llevando adelante una correcta disposición de los residuos, respetando días y horarios, lo que resulta fundamental para mejorar la calidad ambiental y optimizar el funcionamiento del servicio", se explicó desde el gobierno local.
Vale recordar que, en Argentina, este julio de 2026 cuenta con un feriado nacional inamovible y un día no laborable con fines turísticos que forman un fin de semana extralargo: Jueves 9 de julio: Feriado Nacional por el Día de la Independencia. Viernes 10 de julio: Día no laborable con fines turísticos. Diferencias laborales clave: Jueves 9 de julio: Rigen las normas legales de los feriados nacionales (si se trabaja, se debe abonar el doble). Viernes 10 de julio: Es un día no laborable.
La decisión de otorgar el día libre queda a exclusivo criterio del empleador (excepto en la administración pública). Si el empleador decide trabajar normalmente, el jornal se paga de manera habitual.
Delta