viernes, 3 de julio de 2026
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Entre Rios

Buscan regular el uso de monopatines y otros vehículos eléctricos en Paraná

Las concejalas justicialistas Fernanda Facello y Luisina Minni presentaron un proyecto de ordenanza para regular la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en la ciudad de Paraná con el objetivo de esta…

Publicado Por APF DigitalLectura 3 min
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Claves

  • El texto prevé que estos vehículos deberán contar con frenos, luces delanteras y traseras y sistema de alerta sonora.
  • Además, sus usuarios estarán obligados a utilizar casco homologado, sistema de alerta sonora y elementos reflectivos para mejorar la visibilidad.
  • En cuanto a la circulación, el proyecto establece que los VMP deberán transitar por ciclovías o bicisendas cuando existan.

La iniciativa, que ingresó en la sesión de este viernes, alcanza a las denominadas bicicletas eléctricas (e-bike), monopatines eléctricos, monociclos eléctricos, hoverboards, segways y motocicletas eléctricas, siempre que sean autopropulsados por motorización eléctrica u otra tecnología limpia, tengan una velocidad máxima de hasta 40 kilómetros por hora y una potencia de hasta 1.500 watts. El texto prevé que estos vehículos deberán contar con frenos, luces delanteras y traseras y sistema de alerta sonora.

Además, sus usuarios estarán obligados a utilizar casco homologado, sistema de alerta sonora y elementos reflectivos para mejorar la visibilidad. En cuanto a la circulación, el proyecto establece que los VMP deberán transitar por ciclovías o bicisendas cuando existan. En caso contrario, deberán hacerlo por el margen derecho de la calzada, respetando el sentido del tránsito y sin obstaculizar la circulación vehicular o peatonal.

También habilita su circulación por calles y avenidas, salvo aquellas que la autoridad de aplicación prohíba por razones de seguridad vial. La iniciativa -a la que tuvo acceso esta Agencia- fija una edad mínima de 16 años para conducir estos vehículos, aunque la reglamentación podrá establecer exigencias adicionales según la categoría. Para los modelos de mayores prestaciones podrá requerirse la licencia de conducir correspondiente.

Asimismo, será obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para circular por la vía pública que cubra los daños y perjuicios que pudieren ocasionar a terceros con motivo de su utilización.

Entre las prohibiciones figuran transportar pasajeros, carga o animales; circular por veredas, plazas, parques, rutas, autopistas y otras arterias que sean expresamente restringidas; utilizar teléfonos celulares, auriculares u otros dispositivos que distraigan al conductor; y conducir bajo los efectos del alcohol o drogas. Registro municipal El proyecto crea el Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal, donde deberán inscribirse obligatoriamente los propietarios.

Allí se consignarán los datos personales del titular, la marca, el modelo y el número de serie del vehículo, cuando lo posea. Una vez completado el trámite, que será gratuito y se realizará mediante una plataforma digital, se otorgará una oblea de circulación que deberá colocarse en un lugar visible del vehículo.

Multas y plazo de adaptación La iniciativa contempla multas de entre 100 y 300 unidades fijas para quienes circulen sin registrar el vehículo, sin seguro, sin los elementos de seguridad obligatorios o incumpliendo las prohibiciones establecidas en la ordenanza. No obstante, el proyecto dispone un período de gracia de seis meses desde la entrada en vigencia de la norma, durante el cual no se aplicarán sanciones, con el objetivo de permitir la adaptación de los usuarios y la difusión de la nueva reglamentación.

La autoridad de aplicación será la Secretaría de Seguridad Vial, Transporte y Ordenamiento Urbano del Municipio, que tendrá a su cargo la reglamentación, implementación y fiscalización de la ordenanza. Además, podrá desarrollar programas de educación y concientización sobre el uso seguro de los vehículos eléctricos. La propuesta también deroga la Ordenanza Nº 9.479, que actualmente regula la materia, para reemplazarla por un marco normativo específico para las nuevas formas de movilidad personal.

Concordia ya lo reguló Días atrás el Concejo Deliberante de Concordia aprobó el marco regulatorio para rodados eléctricos que alcancen hasta 40 km/h. La normativa establece una edad mínima de 16 años, uso obligatorio de casco, alcoholemia cero y la creación de un registro municipal gratuito, entre otras exigencias para circular. (APFDigital)