Claves
- Jorge De Breuil, imputado en la causa, residente en Córdoba.
- González Elías cuestionó la intervención del Ministerio Público Fiscal y de la Fiscalía de Estado en esta discusión puntual.
- Advirtió que hay morosidad de los legisladores nacionales y provinciales para reglamentar este tipo de conflictos, y que hay falencias en la legislación.
Jorge De Breuil, imputado en la causa, residente en Córdoba. El abogado Hugo González Elías, ex vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, representante de Alejandra Camissasa, la esposa del imputado Jorge De Breuil, pidió que se revise la medida cautelar que inhibe su disposición sobre departamentos que la mujer tiene en copropiedad con su esposo. González Elías cuestionó la intervención del Ministerio Público Fiscal y de la Fiscalía de Estado en esta discusión puntual.
Advirtió que hay morosidad de los legisladores nacionales y provinciales para reglamentar este tipo de conflictos, y que hay falencias en la legislación. Dijo que se afectaron los derechos de la mujer como adulta mayor, y por su condición de género. El conflicto se planteó sobre cuatro unidades funcionales del fideicomiso de calle Alsina 869, cuya inversión es, siempre siguiendo la teoría del Ministerio Público Fiscal (MPF), una consecuencia del desfalco a las arcas públicas.
Y ocurre que las personas que figuran como propietarias, en varios casos imputados varones y sus esposas, fueron inhibidos. Es decir que no pueden vender, gravar o transferir esos bienes. González Elías pidió una revisión de la inhibición sobre Camissasa. Además dijo que, en los últimos meses, a la mujer le inmovilizaron la percepción de la jubilación en una sucursal del Banco Galicia de Córdoba. Aseguró que no pudo cobrar los haberes de mayo, abril, y junio.
Sobre este punto específico, todas las partes coincidieron en que se debió a “un error” administrativo del Banco Central cuando se comunicó la decisión judicial de inhibir a la persona. La jueza de Garantías N°1, Marina Barbagelata, ordenó que se informe inmediatamente el error al banco y la mujer pueda acceder a cobrar su jubilación. Pero ese no fue el punto central del planteo.
Ni la decisión judicial que se comunicará este viernes a las 12, tendrá que ver con que Camissasa no pudo cobrar sus haberes en los últimos meses. La cuestión pasó por los cuatro departamentos del fideicomiso mencionado que, en efecto, son copropiedad del matrimonio y fueron adquiridos dentro del período investigado por los fiscales (2008-2018). El abogado González Elías hizo un extenso análisis de la normativa que circunda la situación puntual de Camissasa.
Recalcó que no está imputada en el proceso y lo único que la vincula es el alcance de esta medida cautelar. Al finalizar su alegato que extendió por una hora aproximadamente, los abogados Miguel Ángel Cullen, Iván Vernengo y Pablo Hawlena Gianotti, en representación de otras esposas de imputados, adhirieron al planteo.
El pedido es para “una revisión total”, dijo el letrado y aseguró que la medida es “desproporcionada, con graves consecuencias”, no sólo por la inhibición actual, sino porque los bienes “podrían ser alcanzados por una eventual reparación del daño”. “Esto podría implicar una eventual condena patrimonial”. Agregó que “aun siendo justificadísimo pretender recuperar recursos detraídos por actos de corrupción, eso no implica que las restricciones patrimoniales sean ilimitadas.
La Corte ha dicho que las restricciones patrimoniales deben ser mantenidas el tiempo mínimo, en la mínima extensión posible. Hace siete años que Camissasa tiene todos sus bienes inmovilizados y ahora ni puede disponer de su jubilación”, se quejó. En la argumentación, el abogado sostuvo que no son lo mismo los bienes gananciales que los bienes de copropiedad. Y añadió que “tal vez haya confusión entre bienes de copropiedad y bienes gananciales. Estos últimos no son de copropiedad.
Cada esposo (de un matrimonio) tiene un derecho potencial sobre lo adquirido por el otro, son propios. Tampoco deberían estar embargados si son de Camissasa. La confusión técnica no es mala interpretación, hay un error en la ley”, sostuvo. Opinó que “en Argentina reclamamos el tema de corrupción pero ni los legisladores nacionales ni provinciales se preocuparon de hacer el derecho para que el Estado recupere y se les extinga el dominio a personas por acción civil”.
“Si se trata de lograr el decomiso de bienes de terceros, debe ser individualizado. Es razonable la medida del MPF de hacer inhibición general de bienes, porque tiran la red a ver qué agarran. Pero este larguísimo y complicadísimo proceso tiene a terceros atrapados, deberían decir que estos bienes podrían ser fruto de estas transacciones, pero eso no se dice. Podrían haber embargado estos bienes porque aparentemente están en el circuito. Así Camissasa podría defenderse, pero no pasó.
Y se mantuvieron las restricciones”. Más adelante sumó una cuestión de género como agravio y la afectación de los derechos de la mujer como adulta mayor. “Es evidente que hay una visión sesgada. La minusvalía en su condición de mujer, pareja, esposa. Este es un presupuesto y se encuentra en la base no declarada del razonamiento que tomó la medida. Porque se alude a las parejas de, hay parejas que fueron incorporadas y otras que no, en la inhibición. Los imputados son varones y se inhibe a las esposas”, señaló.
La Fiscalía se opuso Tulio Kamlofsky, en representación de la Fiscalía de Estado, comunicó que no se opondrán al levantamiento de las medidas reclamado por el defensor. Sí se opusieron los fiscales. Ignacio Aramberry aclaró que nunca pidieron que se impida a la mujer percibir su jubilación porque hay una “cuestión alimentaria”. “Esa sola situación, novedosa, por la imposición de la medida cautelar, habilita la revisión total. Y se pretende una revisión de la inhibición general de bienes.
Esto va a generar una vía recursiva nueva, sobre una decisión que ya tiene doble conforme”, aclaró el fiscal. Aramberry recordó que en abril de 2019, “su señoría decretó embargos sobre bienes específicos de Camissasa, relativos a la unidad funcional 2, a la unidad funcional 7, a la unidad funcional 12 y 15 del fideicomiso de calle Alsina. Esa decisión fue recurrida por las defensas y la vocal de Apelaciones, Carolina Castagno dejó sin efectos embargos.
Por eso no compartimos cuando se afirma que la inhibición se mantiene por obra y gracia de Fiscalía. Es una medida que se dispuso en los primeros momentos de la causa, cuando individualizamos bienes que creímos producto del ilícito, y pedimos embargo. No sólo alcanzó a Camissasa. Esos embargos fueron dejados sin efecto”. “En su momento no pudimos convencer a la jueza de Apelaciones. Pero consideramos que existen motivos plausibles y probables que acreditan la relación entre los bienes embargados con el ilícito.
A esto lo justificamos en un acápite relativo a las inversiones”, dijo Aramberry. Y ahondó: “El aporte de Camissasa proviene de un préstamos que De Breuil le hizo a ella, con un dinero de la empresa Sandebus. Los valores invertidos en el emprendimiento corresponden todos a De Breuil. No es como se pretende, que existe sesgo de género, en virtud del cual se pretenden medidas cautelares por el solo hecho de ser pareja o cónyuge del imputado. Existe un vínculo afectivo, muy común en estos casos.
Pero no tiene que ver con el género, podría ser igual entre un padre y un hijo varón”. En esa línea mencionó un correo electrónico de Guido Krapp a Gustavo Pérez. “Manifiesta aplicación de fondos de adelantos, y le dice que en principio, Camissasa tendría que prestarle a Jorge (De Breuil). Este es un patrón que ajusta o encaja con la utilización de personas de confianza para hacerlas figurar en declaraciones de propiedad de inmueble y otros”.
Un desfalco millonario La causa investiga una sofisticada estafa al Estado provincial calculada en unos 53 millones de dólares, ocurrida entre los años 2008 y 2018. Según la investigación fiscal, la maniobra consistía en la utilización de contratos truchos en ambas cámaras legislativas.
El esquema delictivo habría contado con la intervención de: funcionarios públicos y empleados de jerarquía de la Legislatura; dos estudios contables encargados de la ingeniería financiera; y ciudadanos externos dedicados a reclutar “prestanombres”, falsificar firmas y endosar cheques. Se estima que la millonaria suma sustraída de las arcas públicas fue desviada hacia inversiones privadas, principalmente en los sectores inmobiliario y agropecuario.
Los fiscales que están a cargo son Ignacio Aramberry, Patricia Yedro y Gonzalo Badano. Los abogados que intervienen son Damián Petenatti e Iván Vernengo en representación del imputado Alfredo Bilbao; José Velázquez, abogado defensor de los imputados Flavia Beckman y Hugo Mena; Tomás Vírgala, defensor de Ariel Faure; Pablo Hawlena Gianotti y Hugo González Elías, ambos representan a Jorge De Breuil.
Miguel Cullen, por su parte, defiende a los imputados Gustavo Hernán Pérez, Alejandro Almada, Juan Pablo Aguilera, Hernán Díaz, Marta Pérez, Pedro Opromolla y Maximiliano Degani. De los 32 imputados inicialmente en el legajo quedaron 18, porque 12 accedieron a suspensiones de juicio a prueba, Esteban Scialocomo acordó un juicio abreviado; y el contador Gustavo Falco fue sobreseído.
De modo que, además de Bilbao, Beckman, Mena, Faure, De Breuli, Pérez, Almada, Aguilera, Díaz, Marta Pérez, Opromolla y Degani, también están imputados Sergio Esteban Cardoso; Diego Martín Pagnoni; Mariano Speroni; Juan Domingo Orabona; Jorge Fabián Lazzaro; y José Javier Schneider.
A mediados de abril de 2025, quienes accedieron a probation fueron María Victoria Álvarez, Verónica Caíno, Alejandro Ferreyra, María Macarena Álvarez, Fernando Gastón Sarnaglia, Andrea Demartín, Nicolás Beber, Renato Mansilla, Guido Krapp, Jorge Pablo Balladares y Jazmín y Giselle Mena Gioveni. Usuarios de gas de la capital provincial fueron afectados este jueves por la tarde por una interrupción del servicio, en momentos donde las bajas temperaturas hacen que se intensifique el uso de equipos de calefacción.
En el día más frio del año, la empresa Redengas informó que se trató de un “problema general“.
Delta