viernes, 3 de julio de 2026
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Entre Rios

Condenan a un joven de Concordia por intentar cruzar a Uruguay un cargamento de contrabando valuado en $28 millones

La Justicia Federal condenó a un joven que en la madrugada del 29 de mayo de 2024 fue sorprendido con mercadería valuada en más de 28 millones de pesos.

Publicado Por UNO Entre Rios - GeneralLectura 4 min
Condenan a un joven de Concordia por intentar cruzar a Uruguay un cargamento de contrabando valuado en $28 millones - imagen de origen
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Claves

  • La mercancía está valuada en más de 28 millones de pesos.
  • En la sede del Tribunal Oral Federal de Paraná, se dictó sentencia en la causa caratulada “MARTINEZ, SANTIAGO SEBASTIÁN Y OTRO S/ INFRACCION LEY 22.415”.
  • El magistrado Sebastián Gallino, asistido por la Secretaria de Derechos Humanos, Dra.

La Justicia Federal condenó a un joven que en la madrugada del 29 de mayo de 2024 fue sorprendido con mercadería valuada en más de 28 millones de pesos. Foto: UNO/Gonzalo Núñez El Tribunal Oral Federal de Paraná impuso una pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional a Santiago Sebastián Martínez, un jornalero de Concordia que fue sorprendido en 2024 con una carga millonaria de mercadería cuando intentaba cruzarla por el río a Uruguay. La mercancía está valuada en más de 28 millones de pesos.

En la sede del Tribunal Oral Federal de Paraná, se dictó sentencia en la causa caratulada “MARTINEZ, SANTIAGO SEBASTIÁN Y OTRO S/ INFRACCION LEY 22.415”. El magistrado Sebastián Gallino, asistido por la Secretaria de Derechos Humanos, Dra. Dana Barbiero, resolvió condenar a uno de los implicados por el delito de contrabando de exportación en grado de tentativa, tras un proceso iniciado en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Concordia.

Santiago Sebastián Martínez, de 26 años de edad, nacido en Concordia y domiciliado en la zona de Carretera La Cruz, se desempeñaba hasta el momento de su detención como jornalero en la cosecha de citrus. Padre de tres hijas menores de edad y con instrucción secundaria, Martínez se vio envuelto en una maniobra ilícita que pretendía vulnerar los controles aduaneros en la frontera fluvial con la República Oriental del Uruguay.

Según el fallo al que accedió UNO, los hechos que derivaron en la condena ocurrieron el 29 de mayo de 2024. Alrededor de las 04:00 horas, en un horario estratégico para evitar la detección visual, una patrulla pedestre de la Prefectura Naval Argentina (PNA) Concordia realizaba tareas de rutina en el margen derecho del Río Uruguay, específicamente a la altura del kilómetro 329.6.

En medio de la oscuridad, los agentes observaron a dos individuos en la costa realizando maniobras de carga de bultos hacia una embarcación. Ante la sospecha de una operación ilegal, se solicitó el apoyo del móvil fluvial BP-6214. Al aproximarse, los efectivos divisaron un bote de chapa de color verde que ya navegaba con destino a la costa uruguaya. Tras dar la voz de alto, la Prefectura interceptó la embarcación.

Cigarrillos 1 de Julio 2026_watermark by UNO ENTRE RÍOS A bordo del bote se encontraban Santiago Sebastián Martínez y Leandro Benjamín Morinigo. La embarcación estaba colmada de bultos recubiertos con bolsas de nylon negro, una técnica habitual para intentar mimetizar la carga y protegerla de la humedad del río. Tras el traslado del bote y sus ocupantes a la dependencia de Prefectura, y en presencia de testigos, se procedió a la apertura de los 55 bultos secuestrados.

El inventario reveló una amplia variedad de productos destinados al mercado uruguayo, donde este tipo de mercancías suele tener un valor de reventa superior. Entre lo incautado se detallaron: 1.950 cartones de cigarrillos de la marca "Gift Convertible", de origen paraguayo; 5.000 sobres de jugo en polvo; 4.032 desodorantes; 60 unidades de talco; 24 envases de shampoo; y 3 moldes de fibra de vidrio, utilizados para la fabricación de macetas.

La División Aduana Concordia de ARCA (ex AFIP) realizó el aforo correspondiente, determinando que el valor total en plaza de la mercadería ascendía a $28.246.751,60 pesos argentinos, superando ampliamente el parámetro objetivo de punibilidad establecido por la Ley 22.415. Para el Tribunal Oral Federal, la materialidad del hecho y la responsabilidad de Martínez quedaron plenamente probadas.

El magistrado destacó que no existen dudas sobre la existencia del intento de exportación irregular a través de un paso fluvial no habilitado. El juez Gallino subrayó la concurrencia del elemento subjetivo (dolo), señalando que las circunstancias del operativo —el horario nocturno, el uso de bolsas negras para ocultar la carga y el uso de un paso prohibido— demuestran que Martínez tenía "cabal conocimiento" de la ilegalidad de su accionar y la clara intención de contrabandear.