Claves
- Una pareja de Chajarí fue condenada a cuatro años de prisión por el transporte de una encomienda con 6,295 kilos de marihuana.
- La causa, resuelta por el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, dejó asentado que no se trató de un envío casual sino de una maniobra coordinada para retirar la droga en una sucursal de Vía Cargo.
- Según la acusación fiscal a la que accedió Uno, ambos participaron del traslado de la carga desde Puerto Piray, Misiones, hasta Chajarí.
Una pareja de Chajarí fue condenada a cuatro años de prisión por el transporte de una encomienda con 6,295 kilos de marihuana. La causa, resuelta por el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, dejó asentado que no se trató de un envío casual sino de una maniobra coordinada para retirar la droga en una sucursal de Vía Cargo.
La sentencia alcanzó a Gerónimo Gabriel Fleitas, de 23 años, y Milagros Belén Correa, de 25, hallados coautores penalmente responsables del delito de transporte de estupefacientes, previsto en el artículo 5 inciso “c” de la Ley 23.737. Según la acusación fiscal a la que accedió Uno, ambos participaron del traslado de la carga desde Puerto Piray, Misiones, hasta Chajarí.
La droga fue enviada en un camión de carga bajo una guía que consignaba como destinatario a Fleitas, mientras que el teléfono de contacto figuraba a nombre de Correa. La remisión se hizo con documentación a nombre de un tercero y por parte de una persona no identificada. El momento clave de la maniobra, de acuerdo con la reconstrucción judicial, ocurrió el 5 de mayo de 2025 a las 10, cuando ambos se presentaron en la sucursal de Vía Cargo de Chajarí, sobre calle Gran Malvinas S/N, para retirar el paquete.
Allí fueron detenidos por personal policial. En el juicio abreviado del 14 de mayo, el fiscal ad hoc Juan Sebastián Podhainy sostuvo la acusación con base en distintos elementos probatorios. Entre ellos, el informe de titularidad de líneas de Telecom, que vinculó el número de la guía con Correa, además de actas de procedimiento y testimonios del personal interviniente.
También pesó el análisis del teléfono secuestrado, realizado por la Sección de Investigaciones Antidroga de Gendarmería Nacional con asiento en Concordia. Ese peritaje concluyó que el dispositivo era utilizado en forma conjunta por ambos imputados, lo que reforzó la hipótesis de una participación coordinada.
Del contenido del aparato surgieron comunicaciones previas al retiro del paquete, incluido un audio enviado por un contacto agendado como “Colega”, desde un abonado con característica misionera, que avisaba sobre la llegada de la encomienda. Para el tribunal, ese dato fue clave para acreditar que conocían el contenido ilícito del envío. Correa declaró que desconocía lo que había dentro del paquete y que solo acompañó a su pareja.
Sin embargo, la fiscalía sostuvo que el uso compartido del teléfono y los mensajes previos desarmaban esa versión. En su resolución, el juez Sebastián Gallino consideró probado que ambos actuaron de manera conjunta y coordinada en el transporte de estupefacientes. También remarcó que no se trató de un hecho aislado ni fortuito, sino de una maniobra planificada con logística interprovincial y uso de una empresa de envíos.
El tribunal valoró la coincidencia entre la documentación del envío, los registros telefónicos, las pericias sobre el celular y los testimonios de los efectivos. Con ese cuadro, entendió que había certeza suficiente para dictar condena. Además de la pena de prisión, Fleitas y Correa recibieron una multa de 45 unidades fijas, equivalente a $5.400.000, más accesorias legales y costas del proceso.
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