viernes, 15 de mayo de 2026
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DENUNCIA PENAL A DIEGO LARA: EL HOMBRE DE LOS MAS DE 500 CHEQUES DE CONTRATOS TRUCHOS QUIERE SER FISCAL ADMINISTRATIVO

El abogado Carlos Guillermo Reggiardo denunció penalmente al presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, Diego Lara, por el dictado de la Acordada N.º 339. La presentación sostiene que Lara p…

Publicado Por La CalderaLectura 4 min
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Claves

  • El abogado Carlos Guillermo Reggiardo denunció penalmente al presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, Diego Lara, por el dictado de la Acordada N.º 339.
  • Todo eso aparece regulado en la Acordada 339, que invoca los artículos 48 y 49 de la Ley Orgánica N.º 5796 como si dos normas generales pudieran habilitar la creación de un verdadero procedimiento cuasi judicial.
  • El punto central de la denuncia es claro: una acordada no puede legislar.

El abogado Carlos Guillermo Reggiardo denunció penalmente al presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, Diego Lara, por el dictado de la Acordada N.º 339. La presentación sostiene que Lara pretende convertir al organismo de control contable en una fiscalía administrativa paralela, con un procedimiento cuasi judicial que puede demorar causas penales, enredar expedientes sensibles, proteger amigos del poder y servir como plataforma de persecución contra enemigos políticos.

El abogado Carlos Guillermo Reggiardo presentó una denuncia penal contra Diego Lucio Nicolás Lara, presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, por el dictado de la Acordada N.º 339, un instrumento que bajo apariencia de reglamentación interna busca crear un procedimiento completo de investigación patrimonial dentro del propio organismo.

La denuncia sostiene que el Tribunal de Cuentas fue creado para controlar cuentas públicas, no para transformarse en una fiscalía administrativa con poder de abrir investigaciones, reunir antecedentes, individualizar responsables, cuantificar daños, correr vistas, recibir descargos, producir informes y dejar expedientes listos para acciones posteriores.

Todo eso aparece regulado en la Acordada 339, que invoca los artículos 48 y 49 de la Ley Orgánica N.º 5796 como si dos normas generales pudieran habilitar la creación de un verdadero procedimiento cuasi judicial. El punto central de la denuncia es claro: una acordada no puede legislar. No puede tomar una ley de control de cuentas y convertirla, por vía reglamentaria, en un sistema de persecución patrimonial.

No puede inventar una fiscalía paralela dentro de un órgano que, por definición constitucional, no ejerce funciones judiciales. Y menos todavía cuando quien impulsa esa arquitectura de poder es Diego Lara. Lara no llega a esta discusión como un funcionario técnico sin historia política.

Fue intendente justicialista de María Grande y en 2006 quedó envuelto en una fuerte polémica nacional cuando vecinos lo acusaron de haber ordenado la quema de más de mil libros de una biblioteca pública, episodio registrado por medios nacionales como Infobae y Urgente24.

Luego fue diputado provincial y renunció a esa banca tras ser designado presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, designación efectuada durante el gobierno de Gustavo Bordet mediante el Decreto N.º 2076/20, luego del acuerdo del Senado provincial. Pero el dato más grave, por su relación directa con el control de fondos públicos, es su mención en publicaciones sobre la causa de los contratos truchos de la Legislatura entrerriana.

La Caldera publicó que Lara y su pareja, de apellido Lisnofsky, aparecen vinculados al cobro de 546 pagos, señalando que el propio Lara habría cobrado 165 cheques de dudosa legalidad; otros medios provinciales reprodujeron que Lara y Lisnofsky habrían percibido sumas vinculadas a ese esquema.

Frente a ese antecedente, la pregunta institucional es inevitable: ¿puede un funcionario que debería dar explicaciones por su presunta vinculación con contratos truchos legislativos ampliar por acordada las facultades del órgano encargado de controlar cuentas públicas?

La denuncia de Reggiardo apunta exactamente a ese núcleo: Lara no sólo preside el organismo que debería controlar; ahora pretende, mediante la Acordada 339, dotarlo de una herramienta procedimental capaz de intervenir en conflictos patrimoniales, producir informes, demorar expedientes, condicionar investigaciones y abrir caminos administrativos paralelos. El riesgo es doble.

Para los amigos del poder, este procedimiento puede funcionar como un laberinto: una instancia administrativa más, informes internos, idas y vueltas, superposición con causas penales, excusas técnicas y demoras. Para los enemigos, puede convertirse en una parrilla: un expediente armado desde adentro, con apariencia técnica, listo para ser usado como plataforma política, judicial o mediática. Por eso la denuncia no habla sólo de irregularidad administrativa.

Habla de posible abuso de autoridad, de exceso reglamentario y de usurpación de funciones legislativas. Porque el Tribunal no puede darse a sí mismo poderes que la ley no le dio. La potestad reglamentaria sirve para ordenar el funcionamiento interno, no para crear un procedimiento acusatorio autónomo. La propia página institucional del Tribunal de Cuentas lo define como “el principal órgano de control externo de la administración pública entrerriana”. No dice fiscalía. No dice juzgado.

No dice organismo instructor de persecución patrimonial. Sin embargo, la Acordada 339 diseña una estructura que se parece demasiado a eso. La presentación penal pide investigar quién impulsó la acordada, qué dictámenes la avalaron, qué expedientes se iniciaron bajo ese régimen y si su aplicación puede interferir con investigaciones penales en curso. También reclama que se comunique la denuncia al Jurado de Enjuiciamiento, por tratarse de un funcionario sometido a responsabilidad institucional especial.

La pregunta que deja planteada Reggiardo es sencilla y brutal: ¿La Acordada 339 busca mejorar el control público o crear una fiscalía administrativa para administrar impunidad y persecución? Web: