Claves
- Según el gobierno, la quita del subsidio “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad” establecido por la ley que “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”.
- Mientras sigue sin cumplir con la Ley de Emergencia en Discapacidad, el Gobierno se ensaña con este sector de la población.
- Este martes eliminó el sistema de subsidios del Estado que compensaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas de este colectivo.
Según el gobierno, la quita del subsidio “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad” establecido por la ley que “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”. Mientras sigue sin cumplir con la Ley de Emergencia en Discapacidad, el Gobierno se ensaña con este sector de la población. Este martes eliminó el sistema de subsidios del Estado que compensaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas de este colectivo.
La medida se dio a conocer a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial. Allí se establece: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674″.
Esas tres normas disponen en sus articulados que las empresas de trasnporte de larga distancia bajo control de la autoridad nacional tienen la obligación de trasladar gratuitamente a las personas con discapacidad, a personas trasplantadas o en lista de espera para recibir un trasplante y a niños y adolescentes con cáncer. Hasta ahora, el Gobierno subsidiaba parte del costo de estos gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos. Con esta medida, dejará de hacerlo.
Según se argumenta en la norma, tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, los transportistas pueden “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”. Por este motivo, se señala que este “régimen basado en la libertad tarifaria” permite a las compañías de micros absorber los gastos que implique la obligatoriedad de entregar pasajes gratuitos a estas personas.
En los considerandos se remarca que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”.
Y se concluye que “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada” por lo que se vuelve “innecesaria su continuidad en los términos originalmente previstos”. La resolución también aclara que el beneficio de gratuidad para estos usuarios sigue vigente y obligatorio para los transportistas.
Para asegurar que este derecho se respete, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) supervisará que las empresas sigan emitiendo los boletos sin cargo conforme a las leyes nacionales. En este sentido, se destaca que la quita de estos subsidios “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad” establecido por la ley que “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”.
Este nuevo golpe al colectivo de Discapacidad se da cuando el gobierno libertario continúa incumpliendo con la Ley de Emergencia en Discapacidad (27.793). Esta norma fue sancionada por el Congreso el año pasado y ratificada en varias instancias por el Poder Judicial. Pese a ello, no se implementa. Es más, Javier Milei busca reemplazarla por otra que profundiza la crisis y el desamparo del sector, con más recortes a coberturas y prestaciones.
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