Claves
- Por el lado legal, la Fiscalía de Estado se limitó a emitir un dictamen técnico concluyendo que “no existen objeciones jurídicas que formular a la operatoria de crédito público propiciada”.
- El desglose de los artículos expone las condiciones financieras definitivas que la provincia debió convalidar para acceder a las divisas.
- Para el préstamo con el BCIE, la letra chica detalla: En cuanto al bloque mayor de asistencia vial financiado por el BID, su respectiva disposición estipula: Denunciar comentario
A través de dos resoluciones publicadas este martes en el Boletín Oficial Nº 28.351, el Ministerio de Economía y Servicios Públicos de la Provincia formalizó el uso de las autorizaciones legales para emitir deuda pública en moneda extranjera por un total combinado de u$s 307.500.000.
Los contratos, gestionados con dos organismos multilaterales de crédito, tienen como destino teórico la infraestructura vial de la provincia, pero añaden una carga de deuda a largo plazo que compromete recursos de coparticipación federal. La primera de las normativas destina u$s 27.500.000 provenientes del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para el financiamiento del “Programa de Conectividad y Desarrollo Vial de la Provincia de Entre Ríos (Conver)”.
Por su parte, la siguiente resolución convalida un endeudamiento diez veces mayor: Hasta u$s 280.000.000 con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) bajo el denominado “Programa de Infraestructura Vial Sostenible para el Desarrollo Productivo de Entre Ríos (PIVS-ER)”, apalancado en las facultades otorgadas por la Ley de Presupuesto 2026.
Ambas medidas fueron autorizadas bajo la firma del ministro Fabián Boleas, tras un circuito administrativo en el que las oficinas de control técnico e institucional debieron certificar que la provincia no viola los topes de endeudamiento vigentes.
Al tomar intervención, la Contaduría General de la Provincia dejó constancia de que “la proyección de los servicios de la deuda comprometidos, no afectan el límite Constitucional del 25% de las Rentas Provinciales” y que “la relación de los Servicios 2026/ Recursos Corrientes Netos de Transferencia de Coparticipación a Municipios, no exceden en su valor al tope fijado (15%), así como tampoco en los periodos siguientes”.
Asimismo, para asegurar el cobro de la entidad financiera, el articulado de la norma recuerda que el Ejecutivo cuenta con el aval legal para “afectar en garantía y/o ceder los derechos de la Provincia a percibir las sumas provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548”. Por el lado legal, la Fiscalía de Estado se limitó a emitir un dictamen técnico concluyendo que “no existen objeciones jurídicas que formular a la operatoria de crédito público propiciada”.
El desglose de los artículos expone las condiciones financieras definitivas que la provincia debió convalidar para acceder a las divisas. Para el préstamo con el BCIE, la letra chica detalla: En cuanto al bloque mayor de asistencia vial financiado por el BID, su respectiva disposición estipula: Denunciar comentario
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