Claves
- Se trata de dos víctimas que estuvieron secuestradas en la comisaría 8va de La Plata, tras lo cual sus cuerpos aparecieron en la escena fraguada de un incidente de tránsito.
- Durante este debate, la Unidad Fiscal imputó por homicidio a los acusados y el tribunal condenó por ese delito.
- De esta forma, suman 167 las condenas y 7 las absoluciones en sentencias dictadas desde 2006 por los tribunales federales platenses.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata impuso el jueves 14 once penas de prisión perpetua y otras dos de 18 y 25 años de prisión para los exmilitares, expolicías y civiles que, al cabo de tres años de debate oral y público, fueron considerados responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos contra 300 víctimas en tres dependencias policiales que funcionaron como centros clandestinos de detención durante la época del terrorismo de Estado en la capital de la provincia de Buenos Aires.
"Cometidos en el marco del genocidio" “Los hechos objeto de este proceso resultan constitutivos de crímenes de lesa humanidad y fueron cometidos en el marco del genocidio perpetrado en la República Argentina entre los años 1976 y 1983”, declaró el tribunal en el primer punto del veredicto, que fue leído íntegramente por la presidenta del tribunal Karina Yabor, acompañada por los vocales Ricardo Basílico y Andrés Basso.
Luego, al calificar los hechos con las normas del Código Penal, en todos los casos el tribunal sostuvo que se trata de delitos contra el derecho de gentes, de acuerdo con la Constitución Nacional, indicó el portal Fiscales.gob.ar.
Los condenados a prisión perpetua fueron el exministro de Gobierno bonaerense, Jaime Lamont Smart; el exoficial de Inteligencia del Regimiento 7 de Infantería de La Plata, Jorge Alberto Crinigan, el exoficial de Operaciones, Ismael Ramón Verón, el exoficial de Logística, Enrique Ramón Cicciari, y los exoficiales de Personal, Enrique Francisco Welsh y Rubén Vicente Sánchez; los exoficiales del Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército, Carlos María Romero Pavón, Roberto Armando Balmaceda y Jorge Héctor Di Pasquale; y los expolicías bonaerenses Claudio Rubén Mejías y Raúl Ricardo Monzón.
Finalmente, el civil que integró la Concentración Nacional Universitaria (CNU), Carlos Ernesto Castillo, recibió 25 años de prisión, mientras que el exjefe de la Compañía A del Regimiento 7 de La Plata, Lucas Marcelo Castro, fue condenado a 18 años de prisión.
El tribunal, que anticipó que los fundamentos de la sentencia se publicarán el 11 de agosto próximo, resolvió comunicar su decisión a las subsecretarías de Derechos Humanos de la Nación y de la provincia de Buenos Aires "a finde que se proceda a la señalización de los predios donde funcionaron los centros clandestinos de detención ubicados en 1 y 60, la comisaría 8ª y la comisaría 2ª de la ciudad de La Plata.
La más grande de esas tres dependencias funcionó como centro clandestino de detención desde la madrugada del 24 de marzo de 1976 en la intersección de las avenidas 1 y 60, donde estaban -y permanecen- emplazados los cuerpos de Infantería y Caballería de la Policía provincial junto a otras dependencias de esa misma fuerza, en un predio que linda con la Fiscalía de Estado y el Registro Provincial de las Personas y se encuentra en las adyacencias del paseo del bosque.
El tribunal también dispuso comunicar a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°1 de La Plata y al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°3 de la Capital Federal lo resuelto en el caso que tuvo como víctimas a Lucía Mirta Swica y su esposo, Jorge Caravelos, "a fin de que se canalicen las gestiones administrativas y/o judiciales".
Se trata de dos víctimas que estuvieron secuestradas en la comisaría 8va de La Plata, tras lo cual sus cuerpos aparecieron en la escena fraguada de un incidente de tránsito.
Por ese caso la Unidad Fiscal que interviene en los procesos por crímenes de lesa humanidad en la jurisdicción -integrada actualmente por el fiscal general Gonzalo Miranda y los auxiliares fiscales Ana Oberlin y Juan Martín Nogueira- había solicitado en 2017 la nulidad de la sentencia de un juez penal de La Plata que había validado en 1978 la falsa versión de los hechos. Durante este debate, la Unidad Fiscal imputó por homicidio a los acusados y el tribunal condenó por ese delito.
De acuerdo con un relevamiento realizado por la Unidad Fiscal, la sentencia de ayer es la 27° que se dicta en la jurisdicción de los tribunales federales de La Plata -17 de ellas adquirieron firmeza y autoridad de cosa juzgada- desde la reapertura de los procesos tras la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. De esta forma, suman 167 las condenas y 7 las absoluciones en sentencias dictadas desde 2006 por los tribunales federales platenses.
El abordaje de los crímenes en las tres dependencias policiales sobre las que indagó este juicio extendió la investigación y sanción judicial a otros nodos del “circuito Camps” de centros clandestinos de detención dependiente de la jefatura de la Policía de la provincia, que ejerció el fallecido coronel Ramón Camps en los primeros años de la última dictadura. (APFDigital)
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