Claves
- El decomiso alcanza a bienes que pertenecieron a uno de los condenados, Juan Pablo Aguilera.
- Se llamó, sin demasiada solemnidad, “La causa de la vaca”, y esa denominación tuvo una explicación.
- El modo de comprobar si la misma vaca estaba en diferentes fotografías –como prueba del trabajo contratado– fue mediante pericias.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones que en 2022 juzgó y condenó al exgobernador Sergio Urribarri a 8 años de cárcel; a su exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, a 6 años y 6 meses; y al cuñado Juan Pablo Aguilera, a 6 años y 6 meses, dispuso “la inmediata toma de posesión, en favor del Estado Provincial” de los bienes decomisados a los condenados.
La resolución judicial, firmada por los jueces de juicio María Carolina Castagno, Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara, dispuso la medida sobre los siguientes bienes: La resolución señala: “A fin de cumplimentar lo resuelto precedentemente, requiérase a la defensa de los condenados, que arbitren los medios que sean necesarios para que sus asistidos procedan a la inmediata entrega de las llaves pertenecientes a los inmuebles y vehículos decomisados, a disposición de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos”.
En relación al plotter de impresión marca Dili neotitan 2504 DW2D, el cual fue entregado en carácter de depósito judicial a Luciana María Belén Almada –esposa de Aguilera- “se deberá arbitrar los medios pertinentes para que la nombrada proceda a entregar el mismo a quien designe Fiscalía de Estado, a fin de dar cumplimiento a lo ordenado”. El decomiso alcanza a bienes que pertenecieron a uno de los condenados, Juan Pablo Aguilera.
La causa está caratulada con el número 4.385 pero mediáticamente se conoció como “la causa de la vaca”, y ese apodo sirvió para explicar de mejor manera de qué modo operó el delito de Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado, que llevaron a la cárcel al exgobernador Sergio Urribarri, a su exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, y a su cuñado, Juan Pablo Aguilera.
En esa investigación, la que investigó el reparto discrecional de la publicidad estática en vía pública durante el urribarrismo, la Justicia ordenó el decomiso de bienes muebles e inmuebles que pertenecen, hasta el momento, a Aguilera y a su esposa, Luciana Almada.
El Ministerio Público Fiscal solicitó, y la Justicia hizo lugar, el decomiso de los siguientes inmuebles: a) inmueble ubicado en calle Racedo 415, de Paraná, partida provincial Nº101426651, partida municipal Nº 63031, matrícula 144102; b) inmueble ubicado en calle Racedo 409, de Paraná, partida provincial Nº1015028249, partida municipal Nº14909, matrícula 144101; de los siguientes vehículos: a) motovehículo 208 IG, marca Zanella, modelo ZB 100; b) vehículo dominio EPT 951, marca Ford, modelo F4000D; y c) vehículo dominio OJZ 720, marca Citroën, modelo Berlingo Furgón 1.6 HDI Business; y de otros bienes muebles de la empresa: un CPU marca Bangkok color negro, de 4gb de memoria, procesadora AMD Penton II X2 545, procesador 360 GHZ; un cpu de 4 gb, procesador intel pentium CPG 645 290 GHZ; un plotter de impresion marca Bili neotitan 2504 DW2D; un cpu marca optiplex 390 de 8 gigabytes, procesador intelcore I32120 cpu 330GHZ330GHZ; un cpu marca data vision modelo DT 912; un cpu marca dell optiplex 7010 Nº0F4X5W129213428753; cpu marca dell optiplex 7010 Nº JF6BSW142277288689; un cpu marca HP proliant ML110; un cpu marca HP proliant ML110GT; un cpu marca datavision Nº de barra DT520B0011071001202; un cpu marca Dell NºX14397060015411413200798; un cpu marca datavision NºDT912030110310001182; un cpu marca data vision Nº DT 520B0011031001041; una computadora all in one modelo lite E191219365P, serie Nº0800942001001020 marcar Bangock; un cpu marca lenovo Nº de serie 11530552900105BK1KT; una computadora all in one marca Apple, pantalla plana con su correspondiente teclado y mouse de la misma marca.
El puzzle De las cinco causas penales que conformaron el Megajuicio al exgobernador Sergio Urribarri -proceso que se inició el lunes 27 de septiembre de 2021-, una se destacó por el nombre hilarante que adquirió conforme fue avanzando la investigación en Tribunales. Se llamó, sin demasiada solemnidad, “La causa de la vaca”, y esa denominación tuvo una explicación.
“La causa de la vaca” tuvo que ver con una de las tantas irregularidades que advirtieron los fiscales conforme avanzaban con la investigación: que la justificación de las publicidades en cartelería de vía pública para autorizar el pago se hacía utilizando una misma foto. El modo de comprobar si la misma vaca estaba en diferentes fotografías –como prueba del trabajo contratado– fue mediante pericias.
La tarea fue puesta en manos de los peritos Carlos Orzuza y Juan Federico Rossi, de la Oficina Pericial del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que concluyeron su trabajo con un dato contundente: efectivamente, la misma vaca en distintos carteles. Pero más: se utilizaron fotografías truchas –retocadas, con algo de photoshop– con lo cual el engaño quedó en evidencia.
La escena ocurrió en una sala del Poder Judicial la mañana del 18 de noviembre de 2016, durante una audiencia que presidió el exjuez Humberto Oscar Franchi: ayudado por una pantalla de video, el entonces fiscal y hoy juez de juicio Santiago Brugo empezó a proyectar imágenes. Lo que más llamó la atención fue la foto de una vaca adelante de un cartel con propaganda del Estado. La vaca, la misma vaca, se repetía en muchos otros carteles.
Las fotos eran, en teoría, la certificación de que el servicio de publicidad se había prestado, de que el cartel publicitario se había plantado al costado de una ruta, al ingreso de alguna ciudad.
Entonces, esa foto se incorporaba al legajo de pago, y se extendía el cheque al proveedor, en este caso, las empresas del cuñado de Urribarri, Tep SRL, Next SRL Todo era así, y el encargado de certificar que los trabajos se habían hecho según lo pautado era Gustavo Tamay, funcionario del Ministerio de Cultura y Comunicación que comandaba Pedro Ángel Báez. Pero en el ínterin ocurría una avivada: los chequeos eran ficticios, según la tesis del Ministerio Público Fiscal, pero los pagos, reales.
La hipótesis que aquella mañana de noviembre de 2016 expuso Brugo es que no lo hicieron, que simularon haber ido y constatado, y que así y todo firmaron los pagos de las órdenes de publicidad. La oratoria de Brugo resultó sólida, esa solidez que se permite transitar el sendero de la hilaridad. “Las fotos son repetidas”, afirmó el entonces fiscal Brugo en aquella audiencia ante el exjuez Franchi, y como prueba, dijo, hay “una vaca” que se repite en todas las fotos. “Siempre está la misma vaca.
Hay una vaca en el medio del cartel, y graciosamente se le pagó a la empresa de publicidad con esta acreditación por diferentes meses –explicó–. Entendemos que esa vaca no puede haber estado siempre en el mismo lugar y en la misma posición. Fenotípicamente estamos convencidos de que se trata del mismo animal, pero genotípicamente no lo sabemos porque no podemos hacerle una prueba de ADN”.
No hubo necesidad de ningún análisis de ADN a la vaca: el modo de comprobar si la misma vaca estaba en diferentes fotografías –como prueba del trabajo contratado– fue mediante pericias. La tarea fue puesta en manos de los peritos Carlos Orzuza y Juan Federico Rossi, de la Oficina Pericial del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que concluyeron su trabajo con un dato contundente: efectivamente, la misma vaca en distintos carteles.
Pero más: se utilizaron fotografías truchas –retocadas, con algo de photoshop– con lo cual el engaño quedó en evidencia.
Pero la causa “Aguilera Juan Pablo s/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública” no buscó, precisamente, debatir sobre la existencia o no de la misma vaca, sino el desvío de publicidad oficial en provecho de las empresas que se atribuyeron al cuñado del exgobernador, Tep SRL y Next SRL, durante el período 2010 y 2015, y que involucra una suma superior a los 24 millones de pesos que salieron de las arcas del Estado.
La vaca, la misma vaca, en todo caso fue sólo un ardid para llevar adelante la maniobra delictiva, entendieron los fiscales. El volumen de las contrataciones entre 2010 y 2015 fue de 24 millones de pesos, de los cuales 12 millones se habrían pagado de modo fraudulento, según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal.
Los contratos se manejaban desde las empresas de Aguilera, Tep SRL y Next SRL, y en esas maniobras, los publicistas José María Bustamante y Hugo Montañana aceptaban las reglas de juego que les imponen: pagar “coimas” para conseguir contratos de publicidad.
La causa, caratulada “Urribarri Sergio D., Báez Pedro A., Aguilera Juan P, Cargnel Corina E., Bustamante Jesús J.M., Montañana Hugo E., Tamay Gustavo R., Almada Luciana B., Giacopuzzi Emiliano O., Almada Alejandro S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”. Bustamante logró zafar del juicio. En mayo de 2018, la Justicia lo condenó a dos años y ocho meses de prisión condicional.
Bustamente estaba acusado del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y fraude a la Administración Pública. Bustamante aceptó el rol de arrepentido y admitió haber estafado al fisco mediante un sistema de contratos de publicidad en vía pública de la que tomaron parte las firmas Tep SRL y Next SRL, ambas que se adjudican al cuñado Aguilrea, y Hugo Montañana, de Concepción del Uruguay.
El empresario dijo haber formado parte de una organización en la que se aseguraba contratos de publicidad del Estado a cambio de pagar “retornos” a Aguilera. El perjuicio al Estado que produjo Bustamante con esas maniobras ronda los 3 millones de pesos, aunque en forma global la estafa es del orden de los 12 millones de pesos.
La condena La piedra basal de la acusación del Ministerio Público Fiscal en el megajuicio que sentó en el banquillo de los acusados al dos veces gobernador de Entre Ríos Sergio Daniel Urribarri y a otros 12 imputados a partir del 27 de septiembre de 2021 y que concluyó, el 7 de abril de 2022, con la lectura del adelanto de sentencia, la abultadísima información hallada dentro de un disco extraíble hallado de modo fortuito durante un allanamiento practicado en 2016 a las empresas del cuñado Juan Pablo Aguilera, Tep SRL y Next SRL, ubicadas en calle Racedo, frente a las viejas instalaciones del Ferrocarril, fue hecha propia por el tribunal y convertida en pieza clave de las condenas.
El exgobernador resultó con una pena de 8 años de cárcel más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos al haberse probado su participación en cinco grandes causas de corrupción. Ese disco rígido, denominado por la Fiscalía como «la caja negra» de la corrupción, fue analizado por los técnicos del Gabinete de Informática Forense del Ministerio Público Fiscal, Fernando Ferrari y Guillermo Fritz, y volcado en sucesivos informes.
«Evidentemente -dicen los fundamentos del fallo condenatorio, un texto de 684 páginas que se conoció este martes- los archivos y correos electrónicos exhibidos y leídos por el ingeniero Fritz en el debate, corroborando sus informes técnicos, como los mensajes de texto y audios de WhatsApp y mensajes de SMS que exhibió y proyectó durante el juicio el ingeniero Ferrari también en confirmación de sus informes, confluyen para conformar una base probatoria categórica y objetiva a los efectos de acreditar la existencia material del suceso y la autoría y/oparticipación atribuida a los imputados, por cuanto (…) el contenido de la información de esos archivos permiten reconstruir cada uno de los extremos y circunstancias que postula el Ministerio Público Fiscal en su acusación, en mérito a que vinculan a los protagonistas de este proceso y han sido reconocidos en su mayoría por testigos y algunos de los imputados».
Después, una segunda certeza: que las empresas Tep SRL y Next SRL “fueron creadas en el año 2009; Tep el 31/01/2009, con una participación del 90 por ciento de (Emiliano) Giacopuzzi y el 10 por ciento de Luciana Almada (esposa de Aguilera), con un capital de 12.000 pesos integrado en 120 cuotas iguales, y la empresa Next el 26/01/2009 con una integración idéntica a la de Tep, 12.000 pesos de ca...
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