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Entre Rios

Prescribió la causa por mala praxis contra un médico de Nogoyá - Informe Digital

El juez cerró el expediente pese a que la Fiscalía apelará y cuestiona que se haya excluido su condición de empleado público.

Publicado Por Informe DigitalLectura 3 min
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Claves

  • El juez de Garantías subrogante de Nogoyá, Américo Daniel Luna, dictó este viernes el sobreseimiento del médico cirujano Gustavo Cresta en la causa por presunta mala praxis en la atención de una niña de 8 años.
  • La decisión no analizó si hubo responsabilidad médica, sino si la acción penal seguía vigente: para el magistrado, el plazo ya estaba prescripto.
  • El Ministerio Público Fiscal apelará el fallo, según publicó Análisis.

El juez de Garantías subrogante de Nogoyá, Américo Daniel Luna, dictó este viernes el sobreseimiento del médico cirujano Gustavo Cresta en la causa por presunta mala praxis en la atención de una niña de 8 años. La decisión no analizó si hubo responsabilidad médica, sino si la acción penal seguía vigente: para el magistrado, el plazo ya estaba prescripto. El Ministerio Público Fiscal apelará el fallo, según publicó Análisis.

La resolución deja sin definición judicial el fondo del caso, pese a que en el expediente se describen secuelas graves atribuidas a la demora en una cirugía de apendicitis. La discusión quedó concentrada en un punto técnico pero decisivo: si Cresta, por ser empleado del hospital público, debía quedar alcanzado por la suspensión de la prescripción prevista para funcionarios y empleados estatales. El caso se originó en enero de 2019, a partir de una denuncia por la atención brindada en el hospital San Blas de Nogoyá.

La fiscal Maite Burruchaga imputó a Cresta por lesiones graves culposas y sostuvo que actuó con negligencia al demorar unas 12 horas una intervención que, según la acusación, correspondía practicar de urgencia. Esa demora habría derivado en absceso intraabdominal, absceso de pared, fascitis necrotizante y evisceración, con una debilitación permanente de la pared abdominal.

La defensa y la versión del médico En su declaración del 12 de octubre de 2021, Cresta rechazó la acusación y atribuyó la postergación de la cirugía a una emergencia obstétrica que obligó a priorizar una cesárea. Sostuvo que “las apendicitis no constituyen una emergencia, sino una urgencia” y que no había posibilidad material de operar a la niña al mismo tiempo porque el hospital contaba con un solo quirófano.

También afirmó que la decisión no fue voluntaria, sino consecuencia de la disponibilidad del quirófano y del personal. Según su relato, la paciente fue intervenida al día siguiente y presentaba una apendicitis flemonosa, sin los abscesos que luego describió la acusación. El eje que definió el fallo La discusión central no fue médica sino procesal. La defensa planteó que el delito imputado prevé una pena máxima de tres años y que ese plazo ya había vencido.

Fiscalía y querella, en cambio, sostuvieron que la prescripción estaba suspendida por la condición de empleado público del acusado. Luna coincidió con la defensa y entendió que no corresponde equiparar a un médico de planta con un funcionario con capacidad de influir en una investigación. En sus fundamentos, sostuvo que la suspensión de la prescripción cede cuando la conducta se vincula con la habilitación profesional técnica y no con competencias administrativas propias de una investidura pública.

El juez también remarcó que no había indicios de que Cresta hubiera obstaculizado la pesquisa y que el Estado no puede mantener indefinidamente a una persona bajo sospecha. Tras revisar el trámite del expediente, concluyó que desde marzo de 2023 no se produjo prueba relevante y que el plazo legal ya estaba agotado. Con ese criterio, resolvió dictar el sobreseimiento por prescripción de la acción penal.

La Fiscalía adelantó que recurrirá la decisión, mientras persisten las objeciones sobre la interpretación aplicada por el magistrado y sobre el alcance de la figura de funcionario público en este tipo de casos.