viernes, 26 de junio de 2026
Tu amigo en la noticia
Logo DeltaDelta
En vivo
Volver a portada
Entre Rios

Condenan a prefecto que alcoholizado invadió el carril contrario, chocó y ocasionó una muerte en Oro Verde

Maximiliano Marcelo Medina cumplirá la pena de cinco años de prisión efectiva y diez de inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo automotor. Fue tras la homologación del acuerdo de juicio abreviado por…

Publicado Por APF DigitalLectura 4 min
Condenan a prefecto que alcoholizado invadió el carril contrario, chocó y ocasionó una muerte en Oro Verde - imagen de origen
Ver fuente original ↗

Claves

  • Como consecuencia 4 del impacto, Ruhl falleció en el lugar, y la Lell fue trasladada inmediatamente al Hospital San Martín de esta ciudad, a consecuencia de politraumatismos graves, donde permanece internada".
  • Informe autópsico de fecha 23.12.2025, informe médico forense de fecha 23.04.2026 e historia clínica remitida por el Hospital San Martín obrantes en Legajo UFI N° 307287)”.

La jueza del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, resolvió este jueves homologar el acuerdo de juicio abreviado que le presentaron los fiscales Juan Manuel Pereyra y Conrado Castagno Gini y la defensa técnica del imputado, a cargo de Jesús Lucas Germano, que asiste a Maximiliano Marcelo Medina, que fue imputado de los delitos de Homicidio culposo agravado y Lesiones imprudentes calificadas.

Medina, alias Negro, de 38 años, funcionario público de Prefectura Naval Argentina -ayudante de tercera -, reconoció que "el 22 de diciembre de 2025, aproximadamente a las 0:50, en ocasión en que se conducía al mando de un Volkswagen Gol gris, por la Ruta Provincial N° 11 Km 8 (a la altura de calle Los Talas) de Oro Verde, en sentido de dirección sur-norte por la vía oeste de la ruta antes mencionada, la cual tiene un sentido de circulación norte-sur, de manera gravemente imprudente, negligente y antirreglamentaria en virtud de estar bajo los efectos de alcohol, y por transitar en violación al sentido de circulación -en contramano-, sin observar el deber de cuidado objetivo a su cargo, se interpuso en la línea de circulación y colisionó con el Volkswagen Senda, conducido por Luis Carlos Ruhl, quién tenía 67 años, quién se encontraba acompañado por Ana Margarita Lell.

Como consecuencia 4 del impacto, Ruhl falleció en el lugar, y la Lell fue trasladada inmediatamente al Hospital San Martín de esta ciudad, a consecuencia de politraumatismos graves, donde permanece internada".

La sentencia declaró a Medina autor material y responsable de los delitos de Homicidio imprudente calificado por la conducción de vehículo automotor con nivel de alcoholemia superior a un gramo por libro de sangre y por violación de señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular y Lesiones imprudentes calificadas por la conducción de vehículo automotor con nivel de alcoholemia superior a un gramo por libro de sangre y por violación de señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular en concurso ideal.

En la sentencia que se conoció este jueves, la jueza valoró que “a partir del examen de los elementos señalados precedentemente - evidencia convenida como prueba a través del acuerdo arribado - con el sistema de la sana crítica racional, llegó a idéntica conclusión a la asumida por las partes y el imputado, pues la evidencia cargosa colectada en el legajo que se le sigue, tiene la suficiente contundencia para determinar con certeza la existencia material de los hechos imputados, como así también la vinculación subjetiva del encartado Medina en los mismos, tal como se sostiene en la solicitud de juicio abreviado oportunamente presentada; que habilita el dictado de una sentencia condenatoria, y destruir el estado de inocencia del que goza todo ciudadano, máxime cuando el encartado en este caso ha reconocido expresamente su responsabilidad penal”.

También consideró que “en efecto, del cuadro probatorio que se acaba de reseñar, se desprende en forma clara e inequívoca el resultado disvalioso, es decir la muerte violenta de Luis Carlos Ruhl a consecuencia de un ‘traumatismo cerrado de tórax y craneoencefálico graves por siniestro vial’, conforme conclusión arribada por la Médica Forense, Lilian Inés Pereyra, en su informe autópsico; hecho que acaeciera el día 22.12.2025, en circunstancias en que se trasladaba en su vehículo marca Volkswagen Senda, junto a su esposa, Ana Margarita Lell, quien sufrió ‘...

fractura de acetábulo femoral izquierdo ...

producida por choque contra cuerpo duro en movimiento ...’, conforme consideraciones médico legales efectuadas por el Médico Forense, Maximiliano Siromski, teniendo a la vista la historia clínica remitida por el Hospital San Martín de ésta capital; al haberse interpuesto en la línea de circulación del nombrado y colisionar a los mismos, el enjuiciado, Maximiliano Marcelo Medina, quien se conducía al mando del automóvil marca Volkswagen, modelo Gol, de color gris, dominio colocado OCP-963 (Cfr.

Informe autópsico de fecha 23.12.2025, informe médico forense de fecha 23.04.2026 e historia clínica remitida por el Hospital San Martín obrantes en Legajo UFI N° 307287)”. (APFDigital)