Claves
- «Trabajamos con texto unificado de los últimos tres presentados, que es uno del exdiputado Vítor, del hoy senador Cosso, de cuando era diputado, y otro de mi autoría.
- No es una ley más de adhesión al día de una fiesta de lo que sea.
- Cuáles son los plazos, cómo debe presentarse, cómo debe hacerse la denuncia, cómo debe hacerse la presentación del descargo, en qué tiempo, qué tiempo tiene la comisión para ordenar pruebas, cómo se ordenan las pruebas.
«El artículo de la Constitución es taxativo y habla de gobernador y vice, ministros del Poder Ejecutivo y miembros del Superior Tribunal de Justicia, y también nombra al Defensor del Pueblo que lamentablemente no lo tenemos en la provincia.
Tanto el Procurador, el Ministerio Público de la Acusación y el de la Defensa han quedado en un limbo en este momento porque no están previstos en la Constitución», explicó la diputada Gabriela Lena a Radio RD 99.1 «El juicio político está previsto en nuestra Constitución provincial, pero no fue reglamentado como ha pasado con otros institutos que también están en nuestra Constitución.
Lo que nos sucedía es que cada vez que ingresaba un juicio político había que definir antes de empezar un procedimiento para llevarlo adelante, de acuerdo a los pocos artículos que tiene la Constitución provincial respecto de este tema», informó la legisladora. «Trabajamos con texto unificado de los últimos tres presentados, que es uno del exdiputado Vítor, del hoy senador Cosso, de cuando era diputado, y otro de mi autoría.
Pero también hay proyectos presentados hace mucho más tiempo, hasta del doctor Busti, cuando fue diputado de la provincia, o sea, la necesidad de reglamentar este instituto de nuestra Constitución estuvo siempre vigente».
«Hemos llegado a un acuerdo de unificación y estamos trabajando muy bien con todos los miembros de la comisión, tanto del oficialismo como de la oposición, en que primero la necesidad de que esto hay que reglamentarlo, y segundo, en un detalle bastante exhaustivo de ir estudiando artículo por artículo de lo que dice este proyecto de ley, porque sabemos la importancia que tiene, por sobre todas las cosas. No es una ley más de adhesión al día de una fiesta de lo que sea.
Es una ley que seguramente va a durar mucho tiempo, y tenemos que cubrir todos los baches y las vicisitudes que hemos tenido en la experiencia de los juicios políticos que se han presentado en la Cámara de Diputados de la provincia, algunos con resolución inmediata y otros que en realidad creo que ninguno ha pasado al Senado, han quedado todos ahí en la Cámara de Diputados.» «Lo que cambia con esta ley es que da una cuestión de certeza jurídica a todas estas personas de cómo va a ser el procedimiento al que tiene que reglarse una vez que se presenta una denuncia.
Cuáles son los plazos, cómo debe presentarse, cómo debe hacerse la denuncia, cómo debe hacerse la presentación del descargo, en qué tiempo, qué tiempo tiene la comisión para ordenar pruebas, cómo se ordenan las pruebas. Es un procedimiento que va a ser para todos los juicios políticos igual, aquí vamos a tener las reglas claras para todos igual. No importa quien sea el que lo presente o quien sea el sujeto pasivo de este juicio, que son los altos funcionarios de la provincia.
Esto es lo que no ocurrió en estos casos que se han dado hasta ahora». «El artículo de la Constitución es taxativo en esto y habla de gobernador y vice, ministros del Poder Ejecutivo y miembros del Superior Tribunal de Justicia, y también nombra al Defensor del Pueblo que lamentablemente no lo tenemos en la provincia.
Tanto el Procurador, el Ministerio Público de la Acusación y el de la Defensa han quedado en un limbo en este momento porque no están previstos en la Constitución, pero no están previstos porque cuando se modifica la Constitución tenían un estatus diferente, dependían del Superior Tribunal de Justicia». «Se reglamenta cómo y quién puede presentarlas y cómo deben presentarse.
Esto hace también a que cualquier denuncia que se presente, quien la vaya a presentar, tenga un parámetro de qué es lo que debe acompañar o qué es lo que debe poner para que la denuncia no quede ahí y con el sabor amargo de que ni siquiera pudo prosperar». «La Constitución Provincial establece que si hay una Comisión de Investigación y está, si bien no lo dice específicamente, se remite a la Cámara de Diputados.
Y la Cámara de Diputados tiene una comisión permanente, que es la de Asuntos Constitucionales, Juicio Político, Peticiones, Poderes y Reglamentos. Entonces, automáticamente, una vez presentada la denuncia, tiene que girarse a esa comisión que es la que interviene».
«Para hacerlo de una manera entendible para la sociedad en un tema tan complejo y sobre todo técnico como este, la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político, Poderes y Reglamentos, que hoy está conformada ya como una comisión permanente de la Cámara, que la integramos 15 personas en este momento, es la que tiene que llevar adelante el procedimiento, recabar las pruebas, tomar testimoniales si son necesarias, escuchar la declaración de la persona que ha sido denunciada en el caso de que sea necesaria, valorar y debe de emitir un dictamen valorando toda esta situación al pleno de la Cámara de Diputados, o sea, al recinto.
Esto se trata después en una sesión especial con todos los diputados, que son los que van a definir si esa persona que ha sido denunciada va a ser posible de continuar con ese juicio político». «Si se vota afirmativamente, ese trámite pasa automáticamente al Senado, que el Senado debe constituirse como un tribunal, que también tiene que tener un número de senadores, también después se vota, y tiene que tener también la garantía de una mayoría».
«Una de las causales de denuncia más importantes es el mal desempeño que está establecido en la Constitución, también la incapacidad sobreviviente, o sea que se ha tenido algún problema de salud y demás, que no pueda ejercer su cargo de una manera idónea». «Hemos avanzado mucho. Creo que han de quedar unos diez artículos por revisar, y serán los últimos.
Inclusive lo estamos tratando también con el hoy senador Cosso, que es autor de uno de los proyectos, cuando él puede asistir también a los debates de la Cámara de Diputados. Y la verdad que se lo agradezco profundamente, porque tiene esa amabilidad y esa responsabilidad de parte de una persona que, además de ser el autor de uno de las leyes, pertenece hoy a otra Cámara y justamente preside la Cámara homónima en el Senado, que es la que tiene que tratar este tema».
«Yo prefiero seguir despacio, pero consensuando cada uno de los términos del articulado, justamente por la importancia que este tema tiene. Digamos, no le cambia la vida a ningún entrerriano, vamos a ser honestos con eso, no le cambia la vida a ningún entrerriano, no va a permitir que los entrerrianos podamos pagar la luz en término o lleguemos a fin de mes. Pero son las cosas que tienen que ver con nuestras instituciones y con que nosotros tengamos una institucionalidad mucho más fuerte y más seria.
Pero un alto funcionario que no cumpla con su deber también puede perjudicar a los entrerrianos, por supuesto. Pero la gente de a pie que tiene que levantarse temprano para poder mandar los chicos a la escuela y pagar todas las deudas a fin de mes, no es tan fácil que lo puedan entender, eso lo comprendo. Es algo que se le está haciendo difícil a muchos, pero sé que se está trabajando también en otras cuestiones que son importantes para esto».
«Algo para destacar es que los miembros del Superior Tribunal de Justicia que son elegidos a propuesta de un gobernador con acuerdo del Senado, son pasibles de juicio político. El resto de los jueces, de los inferiores, camaristas y demás, defensores, fiscales, que son concursados por el Consejo de la Magistratura, que han concursado su cargo a través del Consejo de la Magistratura, tienen lo que se llama el jury de enjuiciamiento.
Una persona puede denunciarlos, se conforma al jury y también están sujetos a un proceso. De hecho, el año pasado hubieron varios que han sido cesanteados en sus cargos por las resoluciones favorables del jury de enjuiciamiento. Para eso también hay una comisión de jury y una ley específica y hay una conformación especial del jury que está conformada por miembros del Superior Tribunal de Justicia, de la Legislatura y del Colegio de la Abogacía y creo que hay dos miembros de organismos no gubernamentales».
«Con el tema de los fiscales hay una cuestión bastante particular. Tanto el Procurador, el Ministerio Público de la Acusación y el de la Defensa han quedado en un limbo en este momento porque no están previstos en la Constitución, pero no están previstos porque cuando se modifica la Constitución tenían un estatus diferente, dependían del Superior Tribunal de Justicia. Después se modificó y ellos toman una relevancia que hoy no tienen el mismo estatus jurídico o de importancia.
Creo para que ingresen dentro del juicio político o debería modificarse la Constitución o hacer una ley específica que los equipare a los miembros del Superior Tribunal de Justicia. Igual, el procurador ha sido denunciado al jury y ha tenido diferentes definiciones. Hay algunos que manifiestan que es pasible de juicio político y hay otros que lo hacen parte de un jury en juiciamiento. Es un tema pendiente que tendrá que tener alguna definición».
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